TC asesta golpe a la impunidad en la minería Informal: Rechaza Exoneración de Responsabilidad en el REINFO
Según Peru 21, en un fallo histórico que sienta un precedente crucial para el futuro de la minería informal en el Perú, el Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una contundente sentencia ordenando al Estado abstenerse de aprobar cualquier marco jurídico que exonere de responsabilidad penal, civil o administrativa a los mineros informales inmersos en el proceso de formalización minera, incluyendo el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
TC Prohíbe Amnistía Penal para Mineros Informales
La decisión del máximo intérprete de la Constitución surge tras declarar improcedente, por mayoría, la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de Loreto contra los artículos 1 y 2 de la Ley 31388. No obstante, si bien la demanda específica no prosperó, el Tribunal fue enfático al precisar que bajo ninguna circunstancia puede contemplarse la impunidad penal frente a delitos ambientales, incluso como parte de un régimen transitorio de formalización.
Protección Ambiental Prioritaria ante Formalización
La sentencia, dada a conocer en la víspera, advierte que cualquier política pública que permita dicha exoneración contraviene directamente el deber fundamental del Estado de proteger el medio ambiente, un derecho inherente a toda persona consagrado en la Carta Magna. Este pronunciamiento marca un punto de inflexión en el debate sobre la formalización minera, al priorizar la protección del ecosistema y la rendición de cuentas por las actividades ilícitas.
Fundamentos Clave de la Decisión del TC
En sus fundamentos, el Tribunal Constitucional fue categórico al señalar que no resulta constitucionalmente admisible permitir exenciones de responsabilidad penal dentro del REINFO ni en futuras prórrogas del mismo. La Corte remarcó con firmeza que el derecho a un medio ambiente sano, equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida no puede ser vulnerado bajo ningún modelo normativo, ya sea de carácter temporal o permanente. Esta postura subraya la primacía de la protección ambiental por encima de cualquier intento de regularizar la actividad minera informal a costa de la impunidad.
Exhortación al Congreso y Ejecutivo para Nuevo Sistema de Formalización
Más allá de la contundente prohibición de la impunidad, el Tribunal Constitucional también dirigió una exhortación directa y enérgica al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo. Les instó a diseñar y ejecutar, de manera urgente, un nuevo sistema de formalización específicamente adaptado para la minería artesanal y de pequeña escala (MAPE). Este nuevo marco regulatorio, según el TC, debe ser construido con la participación activa y sustantiva de los propios mineros informales, los titulares de concesiones mineras y las comunidades locales que se ven directamente afectadas por esta actividad. La inclusión de todas las partes interesadas se considera fundamental para garantizar la legitimidad y la eficacia del nuevo sistema de formalización.
Preocupación por Lentos Avances en la Formalización de la MAPE
La sentencia del TC también abordó la preocupante situación actual del proceso de formalización de la MAPE. El Tribunal expresó su profunda inquietud por los escasos avances significativos que se han logrado hasta la fecha en este ámbito. Asimismo, alertó sobre las graves consecuencias que podrían derivarse de la inacción, incluyendo la exacerbación de los daños a las poblaciones vulnerables que viven en las zonas de actividad minera informal, la profundización de la degradación del medio ambiente y el consecuente impacto negativo en la recaudación fiscal del Estado. Adicionalmente, el TC advirtió sobre el peligroso fortalecimiento del poder de la minería ilegal en un contexto de falta de regulación efectiva.
Votación Dividida, Consenso contra la Impunidad
El fallo del Tribunal Constitucional contó con el respaldo mayoritario de los magistrados Francisco Morales Saravia (presidente), Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez. Por otro lado, los magistrados Luis Pacheco Zerga, Augusto Ferrero Costa (ponente), y Manuel Monteagudo Valdez emitieron votos en minoría, planteando que la demanda del Colegio de Abogados de Loreto sí debía ser acogida en su totalidad. Sin embargo, es importante destacar que, a pesar de sus diferentes posturas sobre la procedencia de la demanda, todos los magistrados del TC coincidieron unánimemente en el rechazo absoluto a la exención de responsabilidad penal para los mineros informales dentro del REINFO.
Implicaciones para el Futuro de la Minería Informal
Esta histórica sentencia del Tribunal Constitucional marca un precedente clave y establece un nuevo horizonte para el futuro de la minería informal en el Perú. El mensaje del máximo órgano de control constitucional es claro y contundente: el proceso de formalización minera no puede ni debe ser sinónimo de impunidad para aquellos que cometen delitos, especialmente aquellos que atentan contra el medio ambiente. La decisión subraya la obligación indelegable del Estado de asumir un rol activo, vigilante y responsable en la protección del ambiente, la promoción de la legalidad y la garantía de la justicia para todos los ciudadanos.
Las implicaciones de esta sentencia son vastas y se espera que generen un debate profundo sobre la manera en que el Estado peruano abordará la compleja problemática de la minería informal en adelante. La necesidad de un nuevo sistema de formalización que equilibre la inclusión de los pequeños mineros con la protección del medio ambiente y la persecución de los delitos se vuelve ahora una tarea impostergable para las autoridades peruanas.