OSINERGMIN actualiza procedimiento para reporte de emergencias en minería.

Fuente: Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) publicó el 8 de febrero de 2025 en el Diario Oficial «El Peruano» la Resolución de Consejo Directivo No. 015-2025-OS/CD, que modifica el «Procedimiento para reporte de emergencia en las actividades mineras» y el Cuadro de Tipificación de Infracciones y Sanciones en Seguridad Minera.

Cambios principales:

Definiciones: Se actualiza la denominación de «agente supervisado» por «agente fiscalizado» y se redefine «situación de emergencia» como un evento no deseado que puede generar daños a la propiedad, bienes públicos, muerte o lesiones.
Aviso de accidente mortal y situaciones de emergencia: Se mantiene la obligatoriedad de dar aviso a OSINERGMIN dentro de las 24 horas de ocurridos estos hechos, mediante los Formatos No. 1 correspondientes. En caso de una situación de emergencia que ocasione un accidente mortal, solo se debe presentar el Formato No. 1 de accidente mortal.
Informe de investigación de accidente mortal y situación de emergencia: Se deben remitir los informes detallados de investigación a OSINERGMIN dentro de los 10 días calendario de ocurrido el accidente o la situación de emergencia, utilizando los Formatos No. 2 y No. 3, según corresponda. Al igual que en el aviso, si la situación de emergencia causa un accidente mortal, solo se presenta el Formato No. 2.
Modificación del Cuadro de Tipificación de Infracciones y Sanciones en Seguridad Minera: Se actualiza la base legal de las infracciones relacionadas con el incumplimiento de presentación de avisos e informes sobre accidentes y situaciones de emergencia.
Derogación: Se deroga la Resolución de Consejo Directivo No. 08-2017-OS-CD, que modificaba el procedimiento anterior.
Implicaciones:

Estas modificaciones buscan fortalecer la supervisión y respuesta ante emergencias en el sector minero, garantizando la seguridad de los trabajadores y la protección del medio ambiente. Los titulares de actividades mineras deben familiarizarse con los nuevos formatos y plazos para el reporte de accidentes y situaciones de emergencia, a fin de evitar sanciones.

Para más información:

Resolución de Consejo Directivo No. 015-2025-OS/CD: [https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/normas-legales/6450775-015-2025-os-cd](https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/normas-legales/6450775-015-2025-os-cd)
Procedimiento para reporte de emergencia en las actividades mineras: [https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/849313/Osinergmin-169-2011-OS-CD-Anexos.pdf](https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/849313/Osinergmin-169-2011-OS-CD-Anexos.pdf)

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